Legislación sobre la Educación
Vial
¿Que es la educación vial?
La generalización del fenómeno circulatorio,
además de progreso, rapidez y comodidad, genera problemas, el principal
los accidentes de tráfico, siendo el factor humano el principal
causante. 
Para solucionar este problema de salud pública,
una de las líneas de actuación imprescindible es la adquisición
de VALORES VIALES en los ciudadanos, algo que constituye un paso más
que el conocimiento de normas y señales de circulación.
Se trata de la EDUCACIÓN VIAL, el mejor camino para la formación
de una conciencia vial.
Podemos definir la Educación Vial como parte
de la Educación Social, siendo una eficaz base de actuación
ciudadana, dado que trata de crear hábitos y actitudes positivas
de convivencia, de calidad de vida, calidad medioambiental y la SEGURIDAD
VIAL.
Educación Infantil.
La Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre de Ordenación
General del Sistema Educativo.
La Educación Infantil pretende fomentar actitudes
de conciencia ciudadana y desarrollar hábitos encaminados a la
creación del sentido vial.
Los objetivos, contenidos y los criterios de evaluación
son los propios al área de Identidad y Autonomía Personal
y del área del Medio Físico y Social.
Educación Primaria.
La Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre de Ordenación
General del Sistema Educativo.
El alumno de esta etapa iniciará comportamientos,
generalmente, como peatón autónomo y, en algunos casos,
como conductor de bicicletas. Por ello, los objetivos de Educación
Vial tenderán a que el niño tenga un mayor conocimiento
del entorno físico, en relación con el tráfico, y
a que se comporte adecuadamente como peatón, en ciudad o carretera,
y como viajero.
Se ha de incidir, igualmente, en el conocimiento de
la bicicleta y de las señales de tráfico. Por otra parte,
es preciso desarrollar, sobre todo en el primer ciclo, todos los ejercicios
de la etapa anterior con más minuciosidad y detalle, y dar paso
a ejercicios de mayor dominio del espacio.
En esta ocasión los objetivos, contenidos y criterios
de evaluación se han extraído de las áreas del Conocimiento
del medio y Educación Física y Matemáticas.
Educación Secundaria Obligatoria.
La Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre de Ordenación
General del Sistema Educativo.
En la Educación Secundaria Obligatoria los objetivos
de Educación Vial tenderán a profundizar en el estudio del
entorno y a inculcar en los alumnos el sentido de la responsabilidad.
En un primer momento referido a la conducción de bicicletas y ciclomotores,
para iniciarlos, posteriormente, en el aprendizaje de las normas, señales
y consejos relativos a su conducción, ya que no se debe olvidar
que los jóvenes entre doce y dieciséis años son usuarios
habituales de dichos vehículos.
También se les iniciará en el conocimiento
de las primeras medidas a practicar en caso de accidente.
Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación
seleccionados corresponderán a las áreas de Ciencia Sociales,
Geografía e historia, Ciencias de la Naturaleza, Tecnología
y Educación Física.